viernes, 16 de enero de 2009

Competencia ante irregularidades y delitos

De acuerdo al instructivo emitido por la Superintendencia de Valores y Seguros que en nuestro país regula a las Sociedades Anónimas y toda sociedad que tenga presencia bursátil en Chile, los auditores inscritos en esta institución fiscalizadora, tienen la obligación de denunciar "los delitos y las irregularidades o anomalías que a su juicio existieren en la administración o contabilidad de la sociedad auditada." Los delitos que debe informarse a las autoridades competentes, entre otros, se identifica: a) Aquellos relacionados con la Ley 18.046 Ley de Sociedades Anónimas, como son la constitución de Agencias Extranjeras en nuestro país con información no fidedigna acerca de las empresas extranjeras o mandatos otorgados por ellas para constituir sociedades en nuestro país. b) Lavados de Activos que consiste en crear una estructura de transacciones con el fin de hacer creer ante las entidades fiscalizadoras, policiales y público en general, que los fondos o bienes utilizados provienen de la legitimidad. c) Financiamiento de terrorismo d) Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros, que tiene como objeto prevenir la intervención de funcionarios públicos extranjeros en negociaciones internacionales que atenten contra la equidad de transacciones comerciales entre países. Las anteriores anteriores delitos deben ser informados por los auditores que en sus análisis y exámenes descubran, a su juicio, que se incurra en algunos de los delitos anteriormente señalados.
Concretamente, y con el propósito del cumplimiento de esta normativa, las firmas auditoras y auditores independientes deben efectuar actividades de capacitación, aplicación de procedimientos y manuales destinados a evaluar estos aspectos, aplicar política de buenas prácticas y de normas internacionales relacionadas, como así también, informar a la SVS las actividades aplicadas con estos fines. En definitiva, un compromiso más con la transparencia y confiabilidad del sistema contable financiero practicado por las empresas extranjeras con asiento en nuestro país. Una normativa que complementa la implementación en Chile de las Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF o IFRS.

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